
Esta dinámica democrática se nutre, a la vez que se garantiza, gracias al respeto de nuestro estatuto, como herramienta reguladora del funcionamiento de nuestro sindicato. Los procesos electorales no escapan a esta regulación, de modo que ninguna instancia de definición se ubica por encima de él.
En este sentido, reivindicar la transparencia de estas elecciones implica el cumplimiento de cada artículo del estatuto de Amsafe y del supuesto básico que posibilita la emisión del voto: ser afiliado/a. Condición fácilmente demostrable si, en consonancia con lo establecido en el art. 113, al momento de votar, el/la empadronado/a presenta, además de su DNI, el “recibo de sueldo donde conste el descuento de la cuota sindical”. Sin ese requisito, se empaña toda transparencia. No cabe argüir que es un gesto innecesario, que denota desconfianza hacia los/as compañeros/as, que lesiona lazos en las instituciones… Por el contrario, se trata de fortalecer un derecho del que todos/as nos asumimos responsables en cada comunidad educativa.
Lamentablemente, la impugnación de varias mesas, la no entrega de un sobre urna, la votación de compañeros/as en nombre de otros/as, la votación de compañeros/as que no están residiendo en el país, que no están afiliados/as, o que ni siquiera trabajan en el sistema educativo provincial, situaciones todas documentadas y comprobables, alteran los resultados finales y vician el proceso electoral, plagándolo de anomalías.
Sin embargo, en su carácter progresista, nuestro estatuto prevé este tipo de irregularidades y su remediación en el artículo 118: “Cuando las mesas electorales no hayan podido constituirse el día del comicio, por razones ajenas a ésta, o sean posteriormente anuladas por la Junta Electoral, ésta convocará a elecciones complementarias dentro de los quince días de realizado el acto electoral o procederá a su anulación definitiva, siempre y cuando los cómputos que pudieren arrojar no alcanzaren a hacer variar los resultados de la elección”.
Y más importante aún, nuestra historia nos enseña que existen antecedentes de este tipo de reparaciones. En las elecciones de Amsafe de 1998, se llevaron a cabo elecciones complementarias de mesas impugnadas, donde el candidato a nivel provincial José María Tessa (del Frente Trabajadores de la Educación) terminó imponiéndose a Rubén Acebal (del Frente Unidad para la lucha), a partir de dicho mecanismo, previa intervención de los ministerios de Educación y Trabajo y de la Justicia en pleno gobierno menemista.
https://www.pagina12.com.ar/1998/98-09/98-09-08/rota3a.htm
¿Por qué este hecho ejemplar es hoy considerado una maniobra, un acto indigno, la negación de una victoria, que por cierto no sería en absoluto contundente considerando que la diferencia entre los Frentes rivales es 38 votos, el 0,7%?
https://www.pagina12.com.ar/1998/98-06/98-06-11/rota3a.htm
Ningún resultado será legítimo si se desconoce el único elemento equilibrador de toda confrontación en la vida sindical. Pero como en toda conducta de vida, cada uno/a elige de qué lado se ubica.
* Profesora de francés, docente del nivel superior. Delegada del ISP Nº 28 Olga Cossettini