Vale destacar dos límites de estos fallos:
-Tienen efecto únicamente sobre las personas que hicieron las presentaciones.
-Son definiciones de primera instancia, provisorias, que ya han sido rechazadas por el gobierno para que las analice una cámara de apelaciones. (Y es probable que todo siga hasta la definición de la Corte Suprema de la Nación).
La Amsafe como gremio ha hecho también una presentación en representación del conjunto de sus afiliadxs (activxs y jubiladxs) cuestionando por inconstitucionales estos dos artículos y otros varios más. Hasta ahora la jueza que tiene la causa no se ha expedido.
Estamos esperando que esto suceda.
Los fallos sobre presentaciones individuales sin dudas son antecedentes favorables pero no obligatorios.
Desde Amsafe Rosario, rechazamos el mal llamado aporte "solidario", y la retención de los aumentos a 60 días, que son un robo a las jubilaciones y todos los retrocesos que significa la nueva ley.
Sabemos que la salida es colectiva.