Sobre el impuesto a las ganancias en nuestros salarios y jubilaciones. Algunas cifras orientativas
Sobre el impuesto a las ganancias en nuestros salarios y jubilaciones. Algunas cifras orientativas
A pesar de las promesas de campaña del gobierno nacional, el Impuesto a las Ganancias sigue afectando el salario y la jubilación de una significativa cantidad de trabajadorxs. Como Amsafe Rosario seguimos denunciando esta situación con la convicción de que "el salario no es ganancia".
11 de Junio

En esta ocasión queremos compartir alguna información básica para que cada compañerx tenga un poco más de claridad sobre los descuentos que nos vienen aplicando.

Es importante tener en cuenta que al momento de aplicar las tablas correspondientes el Ministerio no suma de la misma manera a todos los componentes salariales. Por ejemplo el incentivo docente y el aguinaldo tienen una manera particular de sumarse al cálculo total de ingresos y el Material Didáctico queda excluido del cálculo. También vale aclarar que los cálculos mensuales tienen particularidades si el cobro es por un cargo titular, un interinato o un reemplazo.

Con estas aclaraciones hechas, podemos decir que el valor del Mínimo No Imponible anual es de $388.123 "limpios" o de bolsillo con los descuentos obligatorios, lo  que significa un monto mensual de $ 32.343.

Este significa que el que cobra de bolsillo con los descuentos obligatorios una suma menor a $32.343 no corresponde que pague ganancias.

Estos datos son para el agente que no tiene carga de familia.

Por cada hijx menor de 18 años que no tiene ingreso, el Minimo NO Imponible mensual se incrementa en $2.621

Así el Minimo No Imponible para un trabajador con un hijo a cargo será de $34.964 ($32.343 + $2621)

Por conyuge, también sin ingreso, el monto se incrementa $5198

Lxs compañerxs jubiladxs poseen un Mínimo No Imponible de 6 jubilaciones mínimas, algo más de $48.000. Para garantizar este Mínimo deben ingresar en la página de la AFIP y completar en la parte que dicen "Beneficios". Además, para tener este Minimo No Imponible no deben pagar Impuestos a los Bienes Personales ni tener otros ingresos.

Por otra parte nos informan que la AFIP emitió una resolución por Pluriempleo (trabajadorxs con más de un empleador), intimando a que lxs trabajadorxs informen de la totalidad de sus ingresos antes del 22 de junio próximo.

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