El gobierno Provincial sigue sin otorgar el beneficio, establecido en el Art. 125 de la Ley 27.346, del mínimo no imponible equivalente a seis (6) sueldos mínimos( haberes mínimos de ANSES) y ha obligado, a los compañeros, a realizar un trámite para acceder al mismo.
La caja de Jubilaciones y Pensiones informa que la AFIP ha actualizado el aplicativo SIRADIG para que los Jubilados y pensionados puedan informar a los Organismos previsionales si se encuentran en condiciones de acceder a la deducción específica de seis (6) haberes mínimos garantizados, definidos en el Art. 125 de la Ley 24.241 (haberes mínimos de ANSES), tal como lo dispone la Ley 27.346 desde comienzos de año.
Para acceder a dicho beneficio, jubilados y pensionados deberán ingresar en la página de AFIP, con Clave Fiscal, al aplicativo “SIRADIG trabajador” y completar la opción “5, Beneficios”. Allí se informará:
A fin de aplicar el nuevo mínimo, es indispensable que la comunicación se realice a través de la página Web de la AFIP, es decir, mediante la presentación del formulario 572. Asimismo, se informa que la Caja de Jubilaciones y Pensiones se encuentra realizando adecuaciones necesarias en sus Sistemas Informáticos, que permitirán aplicar las modificaciones citadas y proceder, de esta manera, a los reintegros correspondientes.