Artículo 27: El Ministerio avanza contra los derechos de los docentes y los alumnos en media y técnica
Rechazamos la insólita y antirreglamentaria orientación ministerial dada desde la Supervisión de Media y Técnica por la cual no se pueden poner reemplazantes a los docentes que tomen licencia por Artículo 27.
08 de Octubre

Aclaramos también que desde la Supervisión de Inicial, Primaria y Especial de la Regional VI ratificaron que no hay ninguna limitación para el llamado a reemplazantes. Parece que en la educación santafesina avanza el ajuste. Ahora, a través de indicaciones telefónicas o por mail se informa a los directivos de las escuelas que los agentes que se tomen licencia por artículo 27 (por estar realizando cursos de capacitación impulsados por el mismo Ministerio) no generarán reemplazante.

Se trata de una medida arbitraria, informada fuera de toda legalidad, contraria a la normativa vigente y que claramente atenta contra los derechos de los docentes y los alumnos.
El reglamento de suplencias es muy claro cuando en su artículo 38° establece: "Las suplencias de los maestros de grado, catedráticos, preceptores y otros docentes que se encuentren frente a alumnos por el dictado efectivo de clases, se cubrirán inmediatamente, siempre que se originen dentro del período lectivo." Ninguna disposición de las autoridades ministeriales puede contradecir esta definición.
Llamamos a las autoridades a respetar la normativa vigente garantizando la cobertura inmediata de todas las licencias por articulo 27.

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