¿Qué y cuándo vamos a cobrar?
El triunfo de la aceptación en la Asamblea Provincial significa que empiezan a ponerse en marcha los acuerdos establecidos en el Acta Paritaria.
25 de Marzo

De acuerdo a lo establecido en el Acta, el sueldo de marzo se cobrará inicialmente sin el aumento y con el descuento de los 4 días de paro (descuento que afectará a todos los compañeros, aún los que estaban de licencia).
En una partida complementaria prevista para mediados de abril se cobrará el reintegro de los días de paro, la suma fija que se paga por única vez y el aumento correspondiente al mes de marzo.
Los jubilados deben cobrar el aumento con los haberes de marzo. Seguramente este aumento también llegará en una complementaria.

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