Reclamo por el salario de las docentes de los Jardines Maternales
Las docentes de los Jardines Maternales cumplen con una jornada laboral de 6 horas reloj pero sus salarios no reciben la compensación correspondiente.
09 de Octubre

Ante esta situación presentamos una nota firmada por las docentes de los Jardines Maternales N° 71 y 296.

Además reciben una parte importante de su salario "en negro" lo que afecta el cobro del aguinaldo y también el cálculo de la jubilación.

El pasado miércoles presentamos una carta dirigida a la Ministra Claudia Balagué denunciando esta situación y reclamando respuestas.

 

Nota presentada:

 

Rosario, 25 de septiembre de 2014

 

Profesora Claudia Balagué

Somos docentes de los Jardines Maternales Nº 71 y 298 de la ciudad de Rosario. 

Por la presente nota queremos presentar un formal reclamo por nuestros haberes.

Poseemos un cargo Nº 552 y cumplimos una jornada laboral de 6 horas reloj diarias.

Esta jornada es un 50% más extensa que la de los cargos de los jardines comunes (cargos Nº 565). Esta diferencia se ve debidamente reconocida en el nomenclador docente ya que nuestro cargo posee un puntaje de 285 puntos.

Sin embargo esa diferencia no se ve reflejada en nuestro salario de bolsillo. Actualmente, y de acuerdo a los distintos tramos de antigüedad, nuestro salario supera en algo más de un 40% al de una docente con cargo  Nº565.

Pero además nos preocupa la composición de nuestro salario. El código 509, concepto NOREM NBON D1980/04 (adicional creado justamente para mantener la relación existen en el 2004 entre los cargos) es una suma significativa en el total.

Esta suma, como su nombre lo indica, es no remunerativa. Esto significa que no se cuenta en la suma total del "afectable" generándonos un evidente perjuicio en el cobro del aguinaldo y, muy especialmente, en el cálculo del haber jubilatorio.

Desde el año 2006 la ley establece que todos los componentes del salario de los trabajadores provinciales deben hacer los aportes correspondientes, es decir ser "afectables".

Es con estas consideraciones que solicitamos:

1) que se respete la relación de nuestra carga horaria y del nomenclador de manera tal que nuestro salario final sea un 50% mayor al del cargo testigo

2) que el adicional correspondiente al código 509 sea remunerativo y se sume así al "afectable". De esta manera será tenido en cuenta en el momento del cobro del aguinaldo y también cuando se calcule el haber jubilatorio.

3) que estas condiciones se respeten para las compañeras reemplazantes que de manera inexplicable viene cobrando sumas inferiores a las titulares

A la espera de una respuesta favorable, la saludan.

COMPARTIR